1) La representación y defensa de los derechos de las personas electrosensibles en cualquier grado y de toda persona que haya visto mermada su salud por la exposición a campos electromagnéticos no ionizantes. Principalmente el derecho a la salud y a la participación social.
2) La promoción de medidas de protección para los electrosensibles.
3) Ofrecer información de utilidad a las personas electrosensibles y otros/as afectados/as.
4) El asesoramiento médico y jurídico a las personas electrosensibles.
5) La difusión e información a la opinión pública través de todos los medios disponibles de la problemática de las personas electrosensibles y de los riesgos de las radiaciones no ionizantes: (tecnologías inalámbricas y otros campos electromagnéticos) para la salud de la población general.
6) La promoción de investigación científica (libre de conflictos de intereses) de las causas y efectos de los campos electromagnéticos artificiales sobre la salud de las personas.